Don Carlos VI.: Ernennungsurkunde für Don Alfonso de Santa y Ortega zum Corregidor von Jauja (Peru), San Ildefonso, 14. Oktober 1764.



From: España. Ministerio de Cultura. Archivo General de Simancas, Dirección General del Tesoro i02, caja 48, 249.
Don Carlos VI.: Ernennungsurkunde für Don Alfonso de Santa y Ortega zum Corregidor von Jauja (Peru), San Ildefonso, 14. Oktober 1764.
From: España. Ministerio de Cultura. Archivo General de Simancas, Dirección General del Tesoro i02, caja 48, 249.
Blatt 1 Vorderseite] Dn Carlos VI. Por quanto en atencion al merito de vos Dn Alfonso de Santa, y Ortega, y al desempeño, con que aveis egercido los Corregimientos de Canta, Asangaro, y Tarma he venido por mí R.l Decreto de veinte y cinco de Septiembre proximo pasado en conferíros el Corregimiento de la Provincia de Jauja vacante por fallecimiento de Dn Alonso de Villalpando ultimo provisto por mi en el: Por tanto quiero y es mi voluntad sirvais este Corregimiento por espacio de cinco años (que han de empezar a contarse desde el dia en que le estais egerciendo por nombramiento de mi Virrey del Peru Dn Manuel de Amat) segun y con la misma jurisdiccion, y facultades que vuestros antecessores. Y mando a mi Virrey, Presidente, y Oidores de mi Real Audiencia de la Ciudad de Lima, que luego que vean este Titulo tomen, y reciban de vos (si ya no le huviereis hecho) el juramento con la solemnidad que se requiere, y debeis hacer de que bien
[Blatt 1 Rückseite] y fielmente egercereis el expressado empleo, y que aviendole hecho, y puestase testimonio de el en el mismo Titulo ellos, y todas las personas estantes, y habitantes en la mencionada Provincia de Jauja y su jurisdiccion os haian reciban y tengan por tal mi Corregidor de ella por tiempo de los referidos cinco años, arreglando os a la Instruccion que ahora se os da firmada de mi Real mano, y refrendada de mi infrascripto Secretario, y a las demas Cedulas, y Ordenes mias hasta aqui expedidas a vuestros antecessores, y que en adelante despacharen, para el mejor, y mas conveniente Govierno, y administracion de Justicia en aquel distrito. Y es igualmente mi voluntad, que haiais, y lleveis de salario en cada un año de los que sirviereis mil, y quatrocientos pesos ensaiados de a doce reales, y medio de plata y que se os pague segun, y de la manera que a vuestros antecessores desde el dia en que por testimonio signado de Escribano publico constare aveis tomado posesion pues con nuestras Cartas de Pago el expresado testimonio, y traslado assimismo signado de este Titulo mando se reciba, y pase en cuenta a los oficiales de mi R.l Hacda o personas a quienes perteneciere satis-
[Blatt 2 Vorderseite] facerle sin otro recado alguno. Todo lo qual mando se guarde, y cumpla con la precisa calidad de que antes que tomeis posession justifiqueis no deber maravedis algunos a mi Real Hacienda por lo que toca a aquellos Reynos, como por lo que mira a estos ha constado no deberlos, y de que deis satisfaccion en una sola paga de los setecientos pesos ensaiados de a doce reales y medio de plata que debeis al derecho de la Media Anata por el Salario que aveis de gozar y tercera parte mas por los aprovechamientos (si los huviere) respecto de que segun lo que ultimamente he resuelto debe satisfacerse en esta forma y su importe entrar efectivamente en mis Caxas Reales con mas el diez, y ocho por ciento que se os carga por la costa de traherlo a España a poder de mi Thesorero general. Y del presente se tomara razon en la Contaduria general de la Distribucion de mi Real Hacienda (adonde
[Blatt 2 Rückseite] esta agregado el Registro general de mercedes) y en la de mi Consejo de las Indias dentro de dos meses de su data, y no egecutandolo assi que dara nula esta gracia, y tambien se tomara por los Oficiales Reales de las Caxas de Jujui. Dado en San Ildefonso a catorce de Octubre de mil setecientos y sesenta, y cuatro. Yo el Rey: Yo D.n Juan Manuel Crespo Secretario del Rey nuestro S.r le hice escribir por su mandado: El Marques de S.n Juan de Piedras Albas: D.n Francisco Fernandez Molinillo: El Marques de Alventos